¿Cómo se tramitan las discrepancias presentadas ante el Panel de Expertos?
Ingresada una discrepancia ante el Panel de Expertos, el Secretario Abogado presenta, para conocimiento del Panel, un Informe de Admisibilidad referido al cumplimiento de los plazos fijados para la presentación de cada discrepancia, y la correspondencia de las materias presentadas para análisis con las competencias del Panel de Expertos.
En atención a dicho informe, el Panel declara la admisibilidad o inadmisibilidad de la discrepancia presentada para su análisis.
Una vez que la discrepancia es declarada admisible, el Panel establecerá mediante un comunicado un programa de trabajo que considerará una audiencia pública, y los plazos es que partes e interesados podrán realizar sus presentaciones.