Quienes ingresen una discrepancia o realicen presentaciones ante el Panel de Expertos, deberán, según corresponda:
1. Efectuar su presentación por escrito, exponiendo claramente los puntos o materias que la sustentan, de acuerdo con el procedimiento legal en que se haya originado.
2. Precisar el o los puntos o materias concretas en que existe discrepancia o conflicto.
3. Indicar un domicilio dentro de la ciudad de Santiago y el representante al cual deberán practicarse las notificaciones.
4. Tratándose de las discrepancias que se susciten entre dos o más empresas eléctricas, deberá acompañarse del instrumento público o privado en que conste el acuerdo de someterse al dictamen del Panel, suscrito por las empresas requirentes.
5. Acompañar la totalidad de los antecedentes que se hagan valer y aquellos en que conste el acto, acuerdo o hecho que motiva la discrepancia.
6. Acompañar copia de los instrumentos en que conste la personería del representante de la discrepante.
7. Indicar uno o más correos electrónicos para efectos de recibir comunicaciones por parte del Panel.
8. Señalar el domicilio de la persona contra la cual se presenta la discrepancia.
Además, quienes formulen una discrepancia ante el Panel de Expertos, así como quienes hagan presentaciones escritas, deberán acompañar el día de su presentación, y conjuntamente con la documentación indicada, respaldo electrónico incluyendo las versiones en formato PDF y Microsoft Word o compatible con éste; y, respecto de tablas o cuadros que sean parte de sus presentaciones, en formato Microsoft Excel o compatible con éste, debiendo las celdas explicitar las fórmulas y funciones utilizadas.
Las discrepancias y presentaciones deben formularse por escrito, en nueve ejemplares en papel. La totalidad de los documentos anexos o acompañados deben ser presentados en tres ejemplares impresos.
El respaldo electrónico debe ser entregando en un solo soporte.
Ingresada una discrepancia ante el Panel de Expertos, el Secretario Abogado presenta, para conocimiento del Panel, un Informe de Admisibilidad referido al cumplimiento de los plazos fijados para la presentación de cada discrepancia, y la correspondencia de las materias presentadas para análisis con las competencias del Panel de Expertos.
En atención a dicho informe, el Panel declara la admisibilidad o inadmisibilidad de la discrepancia presentada para su análisis.
Una vez que la discrepancia es declarada admisible, el Panel establecerá mediante un comunicado un programa de trabajo que considerará una audiencia pública, y los plazos es que partes e interesados podrán realizar sus presentaciones.
Cualquier persona puede asistir a las audiencias públicas, previa inscripción al correo electrónico contacto@panelexpertos.cl, de acuerdo con las instrucciones que contenga el respectivo comunicado.
Los plazos expresados en días son de días hábiles, salvo que se indique expresamente lo contrario, entendiéndose que son inhábiles los sábados, los domingos y los festivos.
Cuando el último día del plazo sea inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Podrán exponer en la Audiencia Pública las Partes e Interesados de la Discrepancia que hayan hecho presentaciones de conformidad con lo estipulado en el programa de trabajo establecido por el Panel, para el análisis de la respectiva Discrepancia.
Las presentaciones deben ser ingresadas a la oficina del Panel de Expertos de lunes a viernes entre las 9:00 y las 17:00. Presentaciones que sean realizadas fuera de dicho horario deberán ser conducidas al domicilio del Secretario Abogado, previa coordinación telefónica al número +56 2 2244 5687.